Pbro. Felipe M. Arteaga Becerra El Código de Derecho Canónico, en su canon 217, nos dice: “Los fieles, puesto que están llamados por el bautismo a llevar una vida congruente con la doctrina evangélica, tienen derecho a una educación cristiana por la que se les instruya convenientemente en orden a conseguir la madurez de la persona humana y al mismo tiempo conocer y vivir el misterio de la salvación”. Al cumplimiento del deber de llevar una vida santa y cooperar eficazmente en la santificación de todos los bautizados, corresponde el derecho a una educación cristiana; la cual, comprende la enseñanza de la doctrina católica a todos los niveles: instrucción fundamental o catequética, predicación y explicación más profunda del mensaje evangélico (cfr. c. 229 §2). Este derecho a la educación exige recibir la palabra de la fe, en palabras del futuro Beato Juan Pablo II, «no mutilada, no falsificada, no disminuida, sino completa e integral, en todo su rigor y en todo su vigor» (Exhortación